Estados de comunidad de bienes
Art. 118. Los bienes adquiridos a plazos pagados en parte con fondos exclusivos de uno de los cónyuges o de ambos y en parte con fondos conyugales pertenecen al comprador o compradores si la plena propiedad se adquirió antes del matrimonio y a la sociedad conyugal si dicha propiedad se adquirió durante el matrimonio. En ambos casos, cualquier cantidad adelantada por la sociedad conyugal o por uno o ambos cónyuges será reembolsada por el propietario o propietarios en el momento de la liquidación de la sociedad conyugal. (n)
Art. 119. Cuando una cantidad o crédito exigible en un plazo pertenezca a uno de los cónyuges, las cantidades que puedan cobrarse durante el matrimonio en pagos parciales o a plazos sobre el principal serán de su exclusiva propiedad. No obstante, los intereses que venzan durante el matrimonio sobre el capital pertenecerán a la sociedad conyugal. (156a, 157a)
Art. 120. La propiedad de las mejoras, ya sean de utilidad o de ornato, realizadas en los bienes privativos de los cónyuges a expensas de la sociedad conyugal o mediante actos o esfuerzos de uno de los cónyuges o de ambos pertenecerá a la sociedad conyugal, o al cónyuge propietario original, con sujeción a las siguientes reglas:
¿Cuál es un ejemplo de comunidad de bienes?
Algunos ejemplos de bienes gananciales son: bienes inmuebles, mobiliario doméstico, vehículos, cuentas bancarias, cuentas de inversión, deudas de tarjetas de crédito, préstamos estudiantiles, pagos del coche y algunos planes de jubilación.
¿Qué bienes describen la comunidad de bienes?
Los bienes gananciales son una distinción legal a nivel estatal que designa los activos de una persona casada. Los ingresos y los bienes muebles o inmuebles adquiridos por cualquiera de los cónyuges durante el matrimonio se consideran bienes gananciales y, por tanto, pertenecen a ambos cónyuges.
¿Qué se incluye en la comunidad absoluta de bienes?
Según este régimen, todos los bienes que posean los cónyuges antes del matrimonio y los que adquieran durante el mismo formarán parte de la comunidad absoluta y se repartirán a partes iguales entre marido y mujer (artículo 91 del Código de Familia).
Cuasi comunidad de bienes
Artículo 1064 Las deudas contraídas según la expresión común de la voluntad de ambos cónyuges, tales como la deuda firmada conjuntamente por ambos cónyuges y la deuda firmada por uno de los cónyuges y ratificada posteriormente por el otro, así como las deudas contraídas por uno de los cónyuges a su propio nombre durante el matrimonio para satisfacer las necesidades diarias de la familia, constituyen deudas gananciales.
Las deudas contraídas por uno de los cónyuges a su propio nombre durante el matrimonio que excedan de las necesidades diarias de la familia no constituyen deudas gananciales, a menos que el acreedor pueda probar que dicha deuda se utiliza para la vida diaria de ambos cónyuges o para la producción y explotación conjunta de los cónyuges, o que dicha deuda se contrae según la expresión común de la voluntad de ambos cónyuges.
Artículo 1065 Un hombre y una mujer podrán acordar que sus bienes prematrimoniales y los bienes que adquieran durante su matrimonio puedan ser poseídos por ellos separada o conjuntamente, o parcialmente poseídos separada y parcialmente poseídos conjuntamente. El acuerdo deberá constar por escrito.
Si uno de los cónyuges vende bienes inmuebles gananciales sin el consentimiento del otro
ResumenEste estudio examina la prevalencia de los contratos matrimoniales a través de cohortes matrimoniales (1990-2019) en Alemania. Además, investigamos las características de los cónyuges que firmaron un contrato matrimonial. Utilizando datos transversales del Panel Familiar Alemán (pairfam, 2018/19), empleamos modelos complementarios de regresión logística logarítmica y multinomial para predecir la prevalencia y el tipo de contratos matrimoniales. Los resultados muestran que el 5% de todas las parejas casadas optan por salir del régimen económico matrimonial por defecto mediante la firma de un contrato en Alemania. Diferenciando entre los tipos de contrato, la mayoría de las parejas especifican una separación de bienes (40%) o modifican la comunidad de ganancias acumuladas por defecto (31%). Se observa un aumento de la prevalencia de los contratos matrimoniales en las distintas cohortes matrimoniales. La decisión de no optar por la comunidad de bienes por defecto está fuertemente asociada con el trabajo por cuenta propia, que a menudo requiere la personalización de las estructuras de propiedad de los bienes dentro del matrimonio. Los individuos casados con experiencias previas de divorcio son más propensos a optar por la separación de bienes, lo que indica que la conciencia de las consecuencias económicas del divorcio promueve la individualización del matrimonio. Nuestros resultados concuerdan con la tendencia transnacional hacia los matrimonios personalizados, aunque la tendencia en Alemania es menos pronunciada que en otros países.
¿Qué es la separación de bienes?
El estado de Luisiana es una jurisdicción que emplea lo que se conoce como régimen de bienes gananciales. El sistema tiene implicaciones significativas cuando se trata de los derechos de propiedad durante el matrimonio y después de la disolución del matrimonio. Por lo tanto, comprender los bienes gananciales puede ayudarle a comprender la división de bienes en Luisiana.
En Luisiana, todos los bienes que adquiera durante el matrimonio se consideran bienes gananciales a menos que se clasifiquen como bienes separados. Según este sistema, ambos cónyuges tienen derecho a una parte igual (50-50) del interés en todos los bienes adquiridos durante el matrimonio. Baste decir que el sistema prevé una división equitativa de los bienes para ambos cónyuges.
La única excepción a esta regla es la firma de un acuerdo prenupcial antes de la boda. Se trata de acuerdos matrimoniales celebrados antes del matrimonio que permiten a ambas partes consentir la modificación de determinados derechos gananciales. Por lo tanto, los bienes de los que disponga pueden clasificarse como bienes independientes durante el procedimiento de divorcio.