Certificado de matrimonio sudáfrica
La tenencia en común es uno de los tres tipos de propiedad compartida. Los otros dos tipos son la tenencia conjunta y la tenencia por entero. Una TIC no tiene derecho de supervivencia y cuando fallece un inquilino en común, su parte de la propiedad pasa a su patrimonio, donde se puede nombrar un beneficiario de la parte de la propiedad.
Los acuerdos de tenencia en común pueden crearse en cualquier momento y una persona puede incorporarse como partícipe de una propiedad después de que los demás miembros ya hayan suscrito un acuerdo TIC. Cada inquilino también puede vender o pedir un préstamo sobre su parte de la propiedad de forma independiente.
Uno o más inquilinos pueden comprar a otros miembros para disolver la Tenencia en Común en un acuerdo conjunto. En los casos en que no se pueda llegar a un entendimiento, puede tener lugar una acción de partición que puede ser voluntaria o por orden judicial.
Si los inquilinos se niegan a colaborar, pueden plantearse una partición de la propiedad mediante venta. En este caso, la explotación se vende y los ingresos se dividen entre los inquilinos en función de su parte respectiva de la propiedad.
Anc con devengo
Régimen económico matrimonialLa comunidad de bienes (Estados Unidos) también llamada comunidad de bienes (Sudáfrica) es un régimen económico matrimonial que se originó en jurisdicciones de derecho civil pero que ahora también se encuentra en algunas jurisdicciones de derecho consuetudinario[cita requerida]. Los regímenes de comunidad de bienes se pueden encontrar en países de todo el mundo, como Suecia,[1] Alemania,[2] Italia,[3] Francia,[4] Sudáfrica[5] y partes de los Estados Unidos[6] En países de derecho civil como España, Francia y Alemania, los cónyuges generalmente pueden elegir uno de varios regímenes matrimoniales para dividir los bienes, siendo la comunidad de bienes una opción, junto con el régimen de separación de bienes y un sistema de participación[7][8][9].
En los regímenes de comunidad de bienes, dependiendo de la jurisdicción, los bienes propiedad de uno de los cónyuges antes del matrimonio, así como las donaciones y herencias recibidas durante el matrimonio, se tratan como bienes independientes de ese cónyuge en caso de divorcio. Todos los demás bienes adquiridos durante el matrimonio se consideran bienes gananciales y están sujetos a división entre los cónyuges en caso de divorcio. En algunos casos, los bienes independientes pueden «transmutarse» en bienes gananciales o incluirse en el patrimonio conyugal por razones de equidad.
Bienes comunitarios
Todos los bienes propiedad de los cónyuges antes del matrimonio y los adquiridos durante el matrimonio por herencia, donación o legado (artículo 1405 del Código Civil) siguen siendo bienes separados. Ciertos bienes personales como la ropa, la indemnización por lesiones físicas o daños no pecuniarios, etc., tal como se definen en el artículo 1404 del Código Civil, también permanecen separados. Los bienes adquiridos incidentalmente o a cambio de bienes separados también constituyen bienes separados (artículos 1406 y 1407 del Código Civil).
La comunidad, por otra parte, está formada por los bienes adquiridos conjunta o separadamente por los cónyuges durante el matrimonio, incluidos sus ingresos y salarios. El artículo 1402 del Código Civil también establece una presunción de comunidad, permitiendo que cualquier activo que no pueda demostrarse que es independiente se clasifique como comunidad de bienes adquiridos con posterioridad.
En principio, cada cónyuge tiene derecho a administrar o disponer por su cuenta de los bienes comunes (artículo 1421 del Código Civil). No obstante, se requiere el consentimiento de ambas partes para los actos más graves, como la enajenación sin contraprestación, la transmisión y constitución de derechos reales sobre bienes inmuebles, el fondo de comercio, las acciones no negociables, etc. (artículos 1422 y 1424 del Código Civil).
Código civil neerlandés
Todos los sistemas comunitarios establecen una distinción entre las relaciones internas y externas en relación con la responsabilidad por las deudas. La responsabilidad se caracteriza por disposiciones detalladas que están vinculadas a las normas que regulan los bienes. Las leyes matrimoniales generales o los regímenes por defecto suelen incluir disposiciones que regulan la responsabilidad por las deudas derivadas del cuidado de los hijos y los gastos domésticos. Estas deudas serán solidarias en la medida en que correspondan al nivel de vida de los cónyuges.
Al disolverse el matrimonio, sin embargo, cada miembro de la pareja participa en los bienes del otro. Es necesario distinguir entre dos modelos; en el primer modelo, los cónyuges participan mediante una comunidad diferida, mientras que en el segundo modelo participan mediante una cláusula de compensación por defecto.
En cuanto al segundo tipo de sistema de participación, no se crea una comunidad diferida, sino que se establece un derecho de compensación. Representantes de este tipo son la comunidad de ganancias acumuladas en Alemania y Grecia y la participación suiza en los acervos.