¿Se puede cobrar la Seguridad Social a los 66 años y seguir trabajando a tiempo completo?
Un contrato de trabajo es un contrato a tiempo parcial en el que existe un acuerdo para prestar servicios durante un determinado número de horas al día, a la semana, al mes o al año, menos el número de horas de trabajo de un trabajador comparable contratado a tiempo completo.
El modelo de contrato elegido requiere la formalización del contrato por escrito. El contrato debe incluir el número de horas ordinarias de trabajo contratadas al día, a la semana, al mes o al año y su distribución.
La inobservancia de estos requisitos hace presumir que el contrato es a tiempo completo, salvo prueba en contrario que acredite el carácter parcial de los servicios y el número y distribución de las horas contratadas.
La jornada de trabajo del empleo a tiempo parcial puede ser continua o por partes. Cuando el contrato a tiempo parcial implanta una jornada inferior a la jornada de los trabajadores a tiempo completo y el trabajador realiza el trabajo durante la jornada en tramos parciales de tiempo, sólo es posible una interrupción diaria de la jornada salvo que el convenio colectivo sectorial u otro convenio colectivo disponga otra cosa.
Regla de los 5 años de la Seguridad Social
Tanto el empresario como el trabajador están obligados a cotizar a la seguridad social polaca. Además de pagar su propia parte, el empresario está obligado a retener la parte de las cotizaciones a la seguridad social que corresponde al trabajador y a remitirlas a las autoridades de la seguridad social (ZUS). En ambos casos, los pagos correspondientes se efectuarán mensualmente.
Desde el 1 de abril de 2015, el empleador abona cotizaciones totales que oscilan entre el 19,21 % y el 22,41 % del salario bruto del trabajador (el tipo de cotización del empleador incluye un elemento de seguro de accidentes que varía en función del número de trabajadores asegurados y del sector de actividad). El tipo de cotización del trabajador por cuenta ajena es del 13,71 % del salario bruto. Las cotizaciones a la Seguridad Social del empresario y del trabajador son deducibles en sus respectivas liquidaciones del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF).
Parte de los tipos anteriores se aplican a los salarios inferiores al tope de 177.660 PLN en 2022. El límite máximo cambia cada año. Una vez superado este tope, el salario está sujeto a un tipo de cotización del 3,22 % al 6,41 % a cargo del empresario y del 2,45 % a cargo del trabajador.
Prestaciones de la Seguridad Social
Tanto el empresario como el trabajador están obligados a cotizar a la seguridad social polaca. Además de pagar su propia parte, el empresario está obligado a retener la parte de las cotizaciones a la seguridad social que corresponde al trabajador y a remitirla a la Seguridad Social (ZUS). En ambos casos, los pagos correspondientes se efectuarán mensualmente.
Desde el 1 de abril de 2015, el empleador abona cotizaciones totales que oscilan entre el 19,21 % y el 22,41 % del salario bruto del trabajador (el tipo de cotización del empleador incluye un elemento de seguro de accidentes que varía en función del número de trabajadores asegurados y del sector de actividad). El tipo de cotización del trabajador por cuenta ajena es del 13,71 % del salario bruto. Las cotizaciones a la Seguridad Social del empresario y del trabajador son deducibles en sus respectivas liquidaciones del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF).
Parte de los tipos anteriores se aplican a los salarios inferiores al tope de 177.660 PLN en 2022. El límite máximo cambia cada año. Una vez superado este tope, el salario está sujeto a un tipo de cotización del 3,22 % al 6,41 % a cargo del empresario y del 2,45 % a cargo del trabajador.
Formación de los empleados de la Administración de la Seguridad Social
En los casos en que los trabajadores o los empresarios están sujetos al régimen general de la Seguridad Social, las cotizaciones a la Seguridad Social son abonadas en parte por el empresario y en parte por el trabajador. El personal se clasifica en una serie de categorías profesionales y laborales a efectos de determinar sus cotizaciones a la Seguridad Social. Cada categoría tiene una base de cotización máxima y mínima, que suelen revisarse anualmente. Los trabajadores cuya remuneración total supere la base máxima, o no alcance la base mínima, deben ajustar sus cotizaciones a la base de cotización de su categoría respectiva.
Para 2022, la base máxima de cotización será de 4.139,40 euros mensuales para todas las categorías y grupos profesionales. Por tanto, la situación para 2021 en el régimen general de la Seguridad Social (aplicable a la gran mayoría de los trabajadores) es la siguiente:
El tipo total de cotización empresarial se incrementa en los porcentajes adicionales relativos a las contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales previstas en la Ley de Presupuestos Generales del Estado que dependerán, como regla general, de la actividad de la empresa, si bien se aplicará un porcentaje común con carácter general en el caso de algunas ocupaciones o situaciones.