Proceso de ejecución del contrato
La fecha de ejecución de un contrato es la fecha en la que todas las partes estampan su firma en la copia impresa del acuerdo. La fecha de ejecución no debe confundirse con la fecha de entrada en vigor, que indica el momento en que lo acordado en el contrato entra oficialmente en vigor.
sobre una nueva vivienda en su ciudad. Cuando llegue a la oficina del agente inmobiliario, tiene intención de firmar el contrato y averiguar cuál será la fecha de su mudanza. Una vez firmado el contrato, se considera ejecutado, ya que todos están de acuerdo con las condiciones y usted tiene intención de habitar la vivienda.
Sin embargo, la fecha de entrada en vigor no se produce hasta la fecha de traslado. Esta es la fecha en la que todos los términos de su acuerdo entran oficialmente en vigor. En otras palabras, es el momento en que el contrato entra oficialmente en vigor.
Sara decide que quiere comprarse un coche nuevo, así que va a un concesionario a ver el inventario. Unas horas más tarde, encuentra un Kia Soul que tiene todo lo que ella quiere en un coche y acepta comprarlo al contado. El concesionario prepara un
Significado firmado y ejecutado
(a) Un contrato se perfecciona cuando una parte ha comunicado a otra una oferta, y esa otra parte la ha aceptado, o cuando las partes se han unido en una expresión concurrente de intención, destinada a crear una obligación contractual u obligaciones contractuales.
Periodo, Precio Contractual, Punto(s) de Entrega y cualesquiera otros términos especiales que las Partes hayan acordado. Cada Confirmación será enviada por TMV a la Empresa por fax y formará parte del presente contrato. Si la Confirmación no es objetada o devuelta a TMV por fax en el plazo de dos (2) Días Hábiles a partir de la fecha de transmisión de la misma, TMV se reserva el derecho de rechazar la Confirmación.
2000Transacción en firme(…) El Comprador tendrá la obligación absoluta de comprar y recibir, y el Vendedor tendrá la obligación absoluta de vender y entregar el cien por cien (100%) de la Cantidad Contractual en la Fecha de Entrada en vigor del presente Contrato.
Contrato totalmente ejecutado, es decir
La palabra deriva originalmente del latín «obligare», que procede de la raíz «lig», que sugiere estar obligado, como se está con Dios, por ejemplo, en «re-ligio»[1]. Este término aparece por primera vez en la obra Truculentus de Plauto, en la línea 214.
En su origen, las obligaciones no formaban parte del Derecho romano, que se ocupaba principalmente de cuestiones de sucesión, propiedad y relaciones familiares. Se desarrollaron como solución a una laguna del sistema, cuando una parte cometía un agravio contra otra. En un principio, estas situaciones se regían por un derecho consuetudinario básico de venganza[2]. Esta situación indeseable acabó convirtiéndose en un sistema de responsabilidad en el que primero se animaba a la gente, y luego se la obligaba básicamente, a aceptar una compensación monetaria del infractor o de su familia en lugar de buscar venganza. Esto supuso un cambio importante en la ley, que se alejó de la venganza y se inclinó por la indemnización. El Estado apoyó este esfuerzo unificando las cuantías para determinados agravios. Así, la forma más primitiva del Derecho de Obligaciones deriva de lo que hoy llamaríamos Delito[3].
Contrato ejecutado en Derecho mercantil
Art. 1371.002. CONSTRUCCIÓN. Este capítulo se interpretará liberalmente para lograr la intención legislativa y los propósitos de este capítulo. Un poder otorgado por este capítulo se interpretará ampliamente para lograr esa intención y esos propósitos.
Sec. 1371.003. RELACIÓN CON OTRAS LEYES. (a) Este capítulo es autoridad totalmente suficiente en sí mismo para la emisión de obligaciones, la ejecución de un contrato de crédito, y la realización de los demás actos y procedimientos autorizados por este capítulo o en virtud de cualquier acuerdo, sin referencia a ninguna otra ley o cualquier restricción o limitación contenida en esas leyes. Cualquier restricción o limitación contenida en otras leyes no se aplica a los procedimientos prescritos por este capítulo o a la emisión de obligaciones, la ejecución de acuerdos de crédito, o la realización de otros actos autorizados por este capítulo. (b) En la medida de cualquier conflicto o inconsistencia entre este capítulo y otra ley o una carta municipal, este capítulo controla. (c) Un emisor puede utilizar una disposición de otra ley que no entre en conflicto con este capítulo en la medida conveniente o necesaria para llevar a cabo cualquier poder o autoridad, expresa o implícita, otorgada por este capítulo.