LA EMPERATRIZ MATILDA: la mujer que debería haber sido reina
La mayoría de la gente nunca ha oído hablar del término «herencia forzosa», aunque sí suele saber que la legislación sobre quién y qué se puede dejar a los demás difiere de un país a otro. La primera vez que uno se topa con este problema es cuando compra una propiedad en el extranjero y un abogado local le advierte de la necesidad de hacer un testamento local para saber cómo se repartirán sus bienes en caso de fallecimiento.
Afortunadamente, la legislación en materia de sucesiones cambió en la UE el 17 de agosto de 2015, cuando entró en vigor el Reglamento de sucesiones de la UE (UE/650/2012), conocido como Bruselas IV, que ahora permite a una persona elegir qué norma jurídica se aplicará a la distribución de su patrimonio en caso de fallecimiento.
En muchas jurisdicciones de todo el mundo, la persona que hace testamento, el testador, tiene plena libertad para decidir, sin ninguna restricción legislativa, cómo se distribuirá su patrimonio a su muerte. Desgraciadamente, esto no es universal y muchos países han incorporado disposiciones en sus leyes sucesorias que exigen que el patrimonio de un individuo se distribuya en «partes» (porciones expresadas normalmente como porcentaje y/o fracción) de acuerdo con la ley en lo que respecta al estatus y la conexión con el fallecido. Entre estas personas, conocidas como «herederos protegidos», suelen figurar el cónyuge supérstite, los hijos y otros parientes del difunto.
Herencia
ResumenLa falta de hijos en los países alpinos centroeuropeos de Suiza y Austria es elevada para los estándares occidentales: alrededor de una quinta parte de los hombres y mujeres de estos países no tienen hijos hacia el final de su vida reproductiva. En este capítulo se analizan las variaciones en la falta de hijos en seis ámbitos: cohorte, educación, religión, país de nacimiento, idioma y lugar de residencia. En el caso de Suiza, se describen las diferencias entre hombres y mujeres; en el de Austria, sólo se dispone de datos sobre las mujeres, pero cuentan una historia paralela. Aunque muchos de los atributos están estrechamente interrelacionados, algunos factores generales aumentan claramente la probabilidad de no tener hijos. En el caso de la educación, el efecto es el contrario para mujeres y hombres: las mujeres con estudios superiores y los hombres con estudios inferiores encuentran obstáculos para tener una familia. Compitiendo con la educación en el grado de influencia sobre la falta de hijos está el no tener afiliación religiosa; a diferencia de la educación, este factor se asocia con un menor deseo de tener un hijo. En el otro extremo del espectro, se observan bajos niveles de falta de hijos entre los inmigrantes del sur de Europa y la subpoblación musulmana.Palabras clave
La planificación del patrimonio confía en que ningún niño haga lo correcto
Las personas afectadas por su herencia; no son necesariamente aquellas en las que usted pueda pensar. Determinar el orden de los herederos, le permitirá establecer una transmisión de bienes por herencia.
Los herederos y el orden de la herencia Si el fallecido no hizo testamento:la transmisión de la herencia se realiza, según el orden de los herederos fijado por la ley.Si el fallecido no estaba casado:En caso de viudedad:¡Cuidado! Las parejas de hecho no son herederos:Para poseer derechos sucesorios, la persona debe ser mencionada en el testamento. La pareja de hecho o cónyuge, está exenta del impuesto de sucesiones.Si el fallecido hizo testamento:A través del testamento, el fallecido pudo distribuir su patrimonio pero también elegir a sus legatarios, modificando así el orden de los herederos, fijado por la ley.El papel del notario y la designación de herederosEl notario identifica a las personas que sucederán al fallecido y sus derechos sucesorios. Si es necesario, puede recurrir a un genealogista para que le ayude en esta tarea.
Guerra de Sucesión española (1701-1714)
Las personas que deseen ir sobre seguro en materia de sucesiones no deben acogerse a las normas de la sucesión intestada, sino preparar un testamento. Esto también se aplica a las parejas sin hijos.
En un testamento, el testador puede determinar quién se convertirá en heredero. Las parejas casadas tienen la opción de redactar testamentos individuales para cada cónyuge o preparar un testamento conjunto. La ventaja de este último es que las disposiciones conjuntas suelen tener un fuerte efecto vinculante y son difíciles de modificar unilateralmente. En este tipo de testamento, los cónyuges suelen designarse mutuamente como únicos herederos. A pesar de ello, debe tenerse en cuenta que los padres del testador también tienen derecho a una parte de la porción forzosa si no se ha llegado a un acuerdo efectivo por el que se renuncie a la porción forzosa.
En los casos de parejas de hecho sin hijos es aún más importante preparar una disposición testamentaria, ya que el cónyuge supérstite se quedará con las manos vacías en ausencia de testamento o contrato sucesorio al no estar contemplado por las normas de la sucesión intestada. Sin embargo, no es posible que las parejas de hecho redacten un testamento conjunto. En estos casos, cada miembro de la pareja puede preparar su propio testamento, pero éste puede modificarse en cualquier momento. Por esta razón, en los casos de parejas no casadas puede tener más sentido redactar un contrato sucesorio.