Prenupcial
Antes de dividir los bienes en un divorcio, los cónyuges deben determinar si los bienes son independientes o gananciales. Los bienes gananciales se dividirán durante el proceso de divorcio de acuerdo con el sistema de división del estado. Los bienes independientes, por otra parte, pueden estar protegidos de la división y adjudicarse en su totalidad al cónyuge que los posea.
Los bienes conyugales son generalmente cualquier activo o deuda acumulada por la pareja durante el matrimonio. Las nóminas ganadas durante el matrimonio son un ejemplo de bienes gananciales, al igual que la mayoría de las deudas contraídas durante el matrimonio. Los bienes gananciales también pueden incluir bienes inmuebles, negocios, inversiones, prestaciones laborales y otros activos.
Si los cónyuges que se divorcian no se ponen de acuerdo sobre si un activo es propiedad conyugal, el tribunal puede considerar otras pruebas. En la mayoría de los estados, los nombres de ambos cónyuges en el título de la propiedad, como una casa o un coche, será prueba de que la propiedad es conyugal. Por ejemplo, un marido que posee una casa antes del matrimonio y posteriormente cambia el título de la casa para incluir a su esposa después del matrimonio puede considerarse que ha regalado la propiedad al matrimonio, convirtiéndola en propiedad conyugal.
¿Qué se consideran bienes independientes en Luisiana?
Los bienes independientes son los que pertenecen exclusivamente a uno de los dos cónyuges. Según la legislación de Luisiana, los bienes adquiridos por una persona fallecida mientras no estaba casada, o adquiridos durante el matrimonio mediante donación, se consideran bienes independientes.
¿Qué ocurre con los bienes poseídos antes del matrimonio en Carolina del Norte?
Los bienes que cualquiera de las partes poseía antes del matrimonio son bienes privativos de esa parte, siempre que no se donen a la unidad conyugal. La ley de distribución equitativa presume, además, que una división equitativa (50/50) de los bienes gananciales será equitativa.
¿Cuánto tiempo hay que estar casado para obtener la mitad de todo en Florida?
Duración del matrimonio y pensión alimenticia
En Florida, un matrimonio corto es aquel que dura menos de siete años. Si uno de los cónyuges quiere solicitar una pensión alimenticia, por lo general debe haber estado casado durante al menos siete años.
Bienes gananciales california
Los bienes independientes son los bienes que los cónyuges adquirieron antes del matrimonio. Es la propiedad individual que los tribunales no tienen autoridad para distribuir durante la disolución de un matrimonio. En virtud del artículo 236 de las Leyes consolidadas de Nueva York, los bienes independientes no sólo incluyen los bienes adquiridos antes del matrimonio, sino también los adquiridos por legado, legado, descendencia o donación durante el matrimonio. Los bienes que los cónyuges acuerden excluir de los bienes gananciales mediante la firma de un acuerdo prenupcial o postnupcial serán bienes independientes. El aumento pasivo del valor de los bienes anteriores también se considera patrimonio separado, ya que dicha revalorización no se debe al tiempo o al esfuerzo de ninguno de los cónyuges. Los títulos o licencias profesionales se consideran bienes separados, pero la mayoría de los estados exigirán el reembolso de cualquier ayuda proporcionada por el otro cónyuge que haya contribuido a la formación o a la obtención de la licencia. La minoría de los estados consideran que un título es propiedad conyugal y dividen su valor en función de los posibles ingresos futuros estimados de ese cónyuge.
Régimen de comunidad parcial
En virtud del régimen de comunidad de bienes, los bienes y otros derechos patrimoniales de los cónyuges adquiridos durante el matrimonio pasan a ser de su propiedad conjunta. No obstante, cada cónyuge tiene también sus bienes independientes, que incluyen: pertenencias personales del cónyuge, bienes que eran propiedad del cónyuge antes del matrimonio o bienes adquiridos por el cónyuge durante el matrimonio por enajenación sin contraprestación, es decir, como regalo o por sucesión y bienes que el cónyuge adquiere sobre la base de un derecho perteneciente a sus bienes independientes o como compensación por la destrucción, daño o embargo de bienes incluidos en sus bienes independientes, o sobre la base de una transacción realizada con respecto a sus bienes independientes.
En caso de régimen de comunidad de bienes, los cónyuges pueden solicitar la división de los bienes comunes tras la terminación del matrimonio. Los cónyuges, como copropietarios, tienen derecho a recibir la mitad del valor de los bienes en caso de división. Las desigualdades derivadas de las diferentes aportaciones económicas de los cónyuges pueden rectificarse con reclamaciones monetarias compensatorias. Los bienes comunes se dividen de mutuo acuerdo entre los cónyuges. Cuando no llegan a un acuerdo, puede dividirse ante los tribunales en un procedimiento sobre la acción, eligiendo entre los métodos previstos para la extinción de la propiedad común. Si el matrimonio se extingue por el fallecimiento de uno de los cónyuges, la parte del cónyuge fallecido en los bienes comunes forma parte de su patrimonio. Los bienes comunes no se dividen en procedimientos separados, sino junto con la división del patrimonio del cónyuge fallecido, de acuerdo con las disposiciones de la Ley de Sucesiones.
Acuerdo prenupcial
En las jurisdicciones de bienes gananciales, se considera que cada cónyuge de un matrimonio posee una parte de los bienes gananciales, incluidos los activos financieros o reales adquiridos durante el matrimonio. En algunas jurisdicciones, como California, los bienes gananciales se dividen estrictamente por la mitad, correspondiendo a cada cónyuge el 50% de los bienes que se consideren gananciales. En otras jurisdicciones, como Texas, un juez puede optar por dividir los bienes en cualquier denominación que considere equitativa para ambos cónyuges.
Normalmente, los regalos a uno de los cónyuges y los bienes heredados de éste no se consideran bienes gananciales. Los bienes adquiridos antes del matrimonio no se consideran bienes gananciales (aunque en algunas jurisdicciones, estos bienes pueden conmutarse por bienes gananciales). Las deudas adquiridas durante el matrimonio pueden considerarse bienes gananciales.
Por ejemplo, una cuenta IRA a nombre de una persona con cónyuge, acumulada durante el matrimonio, se consideraría bienes gananciales. Por lo general, el cónyuge del titular de la cuenta de jubilación que resida en un estado de bienes gananciales o conyugales debe ser el único beneficiario principal de una cuenta de inversión designada como bienes gananciales, a menos que el cónyuge dé su consentimiento por escrito para que se designe a otra persona como beneficiario principal de la cuenta de jubilación.