Qué es un Decreto – Código de Procedimiento Civil, 1908
Si la persona sometida a patria potestad es menor de edad, quienes ejercen la patria potestad especial responden principal y solidariamente de los daños y perjuicios causados por los actos u omisiones del menor no emancipado mientras se encuentre bajo su vigilancia, instrucción o patria potestad →.
El artículo 40 del Código de Familia establece expresamente que debe existir una declaración judicial de nulidad de un matrimonio anterior, aunque nulo, antes de que una parte pueda contraer un segundo matrimonio y dicha nulidad absoluta sólo puede basarse en una sentencia firme en ese sentido
Sin embargo, salvo a efectos de segundas nupcias, no es necesaria ninguna acción judicial para declarar la nulidad absoluta de un matrimonio. Para otros fines, como la determinación de la herencia, la legitimidad o ilegitimidad de un hijo, la liquidación de una herencia, la disolución de un régimen de bienes o una causa penal, entre otros, el tribunal puede pronunciarse sobre la validez del matrimonio incluso en una demanda no iniciada directamente para cuestionarla, siempre que sea esencial para la resolución del caso. Esto se entiende sin perjuicio de cualquier cuestión que pueda surgir en el caso. Cuando surge tal necesidad, es necesaria una sentencia firme de declaración de nulidad, incluso si el propósito es otro que volver a contraer matrimonio. La cláusula «sobre la base de una sentencia firme que declare nulo el matrimonio anterior» del artículo 40 del Código de Familia indica que no es necesario obtener dicha sentencia firme únicamente para contraer nuevo matrimonio.
¿Qué significa acción de nulidad?
Algo que es nulo o carece de fuerza legal. Una nulidad puede tratarse como si nunca se hubiera producido. Las nulidades suelen darse en el contexto de los matrimonios.
¿Qué es la nulidad de decreto en la India?
se dicta sentencia contra un menor sin nombramiento de tutor, la sentencia es nula de pleno derecho. Tribunal Supremo de la India.
¿Qué significa «nulidad concedida»?
Es una orden que tiene el efecto de decir que no hay matrimonio legal entre las partes, aunque se haya celebrado una ceremonia matrimonial.
ANULACIÓN DE MATRIMONIO POR FRAUDE EN
En el asunto subyacente, el Tribunal Federal de Patentes había desestimado las acciones de nulidad de cuatro demandantes distintos contra la parte alemana de una patente europea (sentencia de 26 de febrero de 2019, asunto nº 3 Ni 29/17). Los cuatro demandantes recurrieron esta decisión ante el Tribunal Federal de Justicia.
En el actual procedimiento de apelación, se abrió un procedimiento de insolvencia contra uno de los demandantes. A falta de apertura del procedimiento por parte del administrador concursal, el procedimiento de este demandante se interrumpió de conformidad con el artículo 240 de la Ley de Enjuiciamiento Civil alemana.
En la presente sentencia, el Tribunal Federal de Justicia desestimó el recurso de los otros tres demandantes mediante sentencia parcial y, además, dictaminó que el recurso contra el demandante restante no podía (todavía) decidirse debido a la interrupción del procedimiento.
Siguiendo su jurisprudencia anterior (sentencia de 2 de febrero de 2016, ref. X ZR 146/13), el Tribunal Federal de Justicia explicó que, en los procedimientos de caducidad de patentes, existe en principio una necesaria acumulación de partes (en el sentido del art. 62 de la Ley de Enjuiciamiento Civil alemana) porque la resolución debe dictarse uniformemente contra cada demandante. Sin embargo, dado que queda a discreción del tribunal acumular o separar los procedimientos individuales a pesar de la conexión sustantiva entre las acciones (véase el art. 99 de la Ley de Patentes en relación con los arts. 145 y 147 de la Ley de Enjuiciamiento Civil alemana), el art. 62 de la Ley de Enjuiciamiento Civil alemana no se opone a una sentencia parcial tras la apertura de un procedimiento de insolvencia contra los bienes de uno de varios demandantes. En última instancia, una sentencia parcial sin separación no tendría otros efectos que una sentencia firme en un procedimiento separado.
Taller de Divorcio – Facilitador de Derecho de Familia
Se supone que el juez que preside una vista o un juicio firma, y normalmente lo hace, la orden escrita resultante. Pero, ¿qué ocurre si no se sigue ese proceso normal? ¿Qué opciones tienen las partes?
La semana pasada, el Tribunal Supremo articuló una opción que no está disponible: presentar una notificación de apelación. En In re C.M.C. se celebró un juicio sin jurado sobre una petición de extinción de la patria potestad. El juicio fue dirigido por el juez A, que dictó una resolución oral por la que ponía fin a la patria potestad de la madre. Un mes más tarde, el juez B firmó órdenes escritas en las que se recogían las resoluciones del juez A. La madre recurrió oportunamente esas órdenes escritas. La madre apeló oportunamente contra esas órdenes escritas.
Dos días después de que se presentara la notificación de apelación, el departamento de servicios sociales del condado presentó una moción en virtud de la Regla 60 de las Reglas Civiles solicitando la anulación de las órdenes escritas que habían sido firmadas indebidamente por la juez B. La juez B anuló sus órdenes originales, y luego la juez A emitió nuevas órdenes memorando sus fallos orales anteriores.
En el Tribunal Supremo, la madre argumentó que, dado que su apelación ya estaba pendiente cuando el condado solicitó el amparo de la Regla 60, (1) la juez B carecía de jurisdicción para anular las órdenes impugnadas en apelación, y (2) la juez A carecía de jurisdicción para dictar nuevas órdenes. Después de todo, una notificación de apelación normalmente despoja al tribunal de primera instancia de la autoridad para dictar nuevas órdenes que podrían afectar a una orden impugnada en apelación. Véase N.C. Gen. Stat. § 1-294. Por otra parte, la decisión de un tribunal de primera instancia de ignorar el efecto de una suspensión de la sección 1-294 a menudo significa que las órdenes dictadas en violación de la suspensión son nulas, una circunstancia que el Tribunal Supremo ha clasificado como de importancia jurisdiccional. Véase Wiggins v. Bunch, 280 N.C. 106, 110, 184 S.E.2d 879, 881 (1971).
EFECTOS DEL FIN DEL MATRIMONIO (ARTÍCULO 50-54)
2011. Cuando se notifique una citación judicial a un cónyuge de conformidad con el artículo 415.50 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, el tribunal, sin ayuda de embargo ni nombramiento de administrador judicial, tendrá y podrá ejercer la misma jurisdicción sobre: (892)
(a) Los bienes inmuebles gananciales del cónyuge así notificado situados en este estado que la que tiene o puede ejercer sobre los bienes inmuebles gananciales de un cónyuge a quien se notifica personalmente dentro de este estado. (893)
(b) La propiedad inmobiliaria cuasicomunitaria del cónyuge así notificado situada en este estado tal como tiene o puede ejercer sobre la propiedad inmobiliaria cuasicomunitaria de un cónyuge que es notificado personalmente con un proceso dentro de este estado. (894)
2012. (a) Durante el tiempo en que esté pendiente una moción de conformidad con la Sección 418.10 del Código de Procedimiento Civil, el demandado podrá comparecer en oposición a una orden dictada durante la pendencia del procedimiento y la comparecencia no se considerará una comparecencia general del demandado. (895)
(b) Tal como se utiliza en esta sección, una moción de conformidad con la Sección 418.10 del Código de Procedimiento Civil está pendiente desde el momento en que se notifica y presenta la moción hasta que haya expirado el plazo para solicitar un mandato judicial o, si se presenta una petición, hasta el momento en que se dicte sentencia definitiva en el procedimiento de mandato. (896)