Puede ser presidente de la comunidad un no propietario

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La propiedad horizontal en España y la comunidad de propietarios: Si ha comprado un apartamento o un chalet, que forman parte de un complejo de edificios, tenga en cuenta que estarán sujetos a la Ley de Propiedad Horizontal española. Esta ley es aplicable tanto si es residente como si no lo es, siempre que sea propietario de un piso o un chalet en una urbanización de viviendas múltiples.

Según la Ley de Propiedad Horizontal española, cada propietario de un piso o chalet tiene la copropiedad de los elementos comunes del complejo inmobiliario (escaleras, ascensores, fachadas, piscina, servicios de limpieza, desagües, suministro de agua, cables eléctricos, etc.), junto con el resto de propietarios del bloque. Es decir, cada propietario es propietario de su vivienda, sin embargo, la comunidad de propietarios es la propietaria y gestora de las partes comunes del edificio.

Todos los propietarios del bloque forman la Comunidad de Propietarios. Son responsables de sus partes individuales y de las zonas comunes del bloque. Deben mantener los elementos comunes del edificio. Todos ellos participan en los gastos de la comunidad a prorrata. Sólo aquellos que adquieran una vivienda individual en propiedad, no tendrán que integrarse en una comunidad de propietarios.

Fuentes independientes: El Presidente Negro

Con la excepción de la acreditación de terceros administradores de asociaciones de condominios, la DCP NO supervisa las regulaciones de condominios ni celebra audiencias para adjudicar quejas de condominios. Dichas quejas deben tratarse en los tribunales.

17. Disposiciones para el establecimiento de reservas para mantenimiento, mejoras, reemplazos, capital de trabajo, deudas incobrables, depreciación, obsolescencia y propósitos similares que sean convenientes, excepto que para un condominio de conversión, se requieren disposiciones para reservas para gastos de capital;

Tras la venta inicial por parte del promotor, los vendedores de unidades de propiedad de interés común deben entregar a los compradores un paquete de documentos de información para la reventa. Es responsabilidad del vendedor recopilar y divulgar los documentos de reventa al comprador. Dichos documentos deben incluir:

Usted debe tener mucho cuidado en la compra de cualquier condominio sin la plena divulgación de la condición de la asociación. Por ejemplo, ¿qué pasa si la asociación ha acumulado enormes deudas? ¿Y si la mitad de los propietarios no pagan sus cuotas? Debe ser especialmente precavido porque, una vez que firma, no tiene derecho a rescindir el contrato.

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La ley de cada estado dice que tienes que hacer un informe a tus socios. El contenido exacto del informe depende del estado en el que te encuentres y del tamaño de tu grupo (los grupos más grandes suelen tener que tomarse más molestias que los más pequeños), pero el concepto básico es que tienes que dar a tus socios un informe honesto de cómo van las finanzas e informarles de cualquier iniciativa importante.

La mayoría de las organizaciones sin ánimo de lucro eligen a su junta directiva en la asamblea general, pero la mayoría de los grupos no tienen que hacerlo; la única ley estatal que insiste en ello es la de Queensland. En el resto de estados, es una cuestión que depende de los estatutos.

En general, recomendamos que la asamblea general elija una lista de miembros de la junta directiva (el número dependerá de los estatutos), que luego votarán durante la siguiente reunión de la junta directiva para decidir quién ocupa cada puesto (presidente, secretario, etc.). Sin embargo, esta disposición no es la norma, y en la mayoría de los estatutos los cargos son elegidos por los miembros en la asamblea general.

Muchas organizaciones siguen pensando que están obligadas por ley a publicar un anuncio en el periódico. No lo están, a menos que así lo digan sus estatutos, y si es así, probablemente sea hora de cambiarlos. Ya nadie lee los anuncios públicos y el correo electrónico es mucho más eficaz y barato.

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Todas las Comunidades de Propietarios tienen su propio presidente. Este individuo representa a toda la Comunidad, conllevando este cargo una serie de obligaciones y responsabilidades. Incluso puede ser responsable civil subsidiario en determinadas situaciones, por lo que no es ni mucho menos una tarea sencilla. Para muchos, puede ser una oportunidad de ayudar a mejorar el edificio; para otros, no puede ser más que una molestia. Pero, ¿quién puede ser presidente de la Comunidad de Propietarios? En este artículo se analiza en detalle esta función.

Cualquier persona física propietaria de un inmueble en la Comunidad de Propietarios puede ser presidente.  Además, por si hay dudas, el artículo 13.2 de la Ley de Propiedad Horizontal establece que el presidente será elegido entre los propietarios.  Por tanto, los arrendatarios y terceros quedan excluidos y no pueden ser nombrados presidentes.

Si eres elegido presidente, estás obligado a ocupar el cargo. La Ley de Propiedad Horizontal española establece que la persona elegida no puede rechazar el cargo. Esto se debe a que es imposible que el cargo de presidente quede vacante, ya que la comunidad no tendría representante. Sin embargo, es posible evitarlo mediante una solicitud judicial de cambio en el plazo de un mes desde el nombramiento. Eso sí, hay que alegar una causa justificada.

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