Puede un juez obligar a vender un piso

Orden judicial para forzar la venta de una propiedad

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Orden judicial para vender la casa en el divorcio

Cuando se casó con su cónyuge, es posible que usted ya poseyera propiedades o tuviera ahorros en efectivo o inversiones.    Su cónyuge también puede haber entrado en el matrimonio con propiedades, dinero en efectivo y/o inversiones.    Esto se denomina bienes independientes.    Durante el matrimonio, lo más probable es que usted y su cónyuge obtuvieran más bienes y dinero en efectivo.    Los bienes y el dinero obtenidos durante el matrimonio se consideran bienes gananciales.    Los bienes gananciales obtenidos durante el matrimonio se denominan patrimonio conyugal.    Usted y su cónyuge pueden excluir ciertos bienes del patrimonio conyugal mediante un acuerdo matrimonial, como un acuerdo prenupcial o postnupcial.    Sin dicho acuerdo, existe la presunción de que los bienes adquiridos durante el matrimonio son bienes gananciales, excepto las herencias, las indemnizaciones por daños personales o laborales y las donaciones de terceros.

A menos que haya mezclado sus bienes privativos con los bienes gananciales o que los bienes privativos se transformen en gananciales, sus bienes privativos seguirán siendo suyos después del divorcio, al igual que los bienes privativos de su cónyuge.    El tribunal confirmará que sus bienes privativos le pertenecen a usted y que los bienes privativos de su cónyuge pertenecen a su cónyuge.

Puede un juez obligarte a vender tu casa en un divorcio

Si su acreedor le ha llevado a los tribunales por una deuda, es posible que tenga una sentencia del tribunal de condado (CCJ) u otra orden judicial contra usted. Esto significa que el tribunal le ha ordenado devolver el dinero que debe. Una orden judicial significa que usted tiene que

Cuando su acreedor tiene una orden judicial contra usted, puede solicitar otra orden judicial que garantice la deuda contra su casa u otra propiedad suya. Es lo que se llama una «orden de embargo». Si usted es copropietario de una vivienda pero la deuda sólo está a su nombre, el acreedor sólo puede obtener una orden de embargo para su parte de la propiedad, lo que se conoce como su «interés».

Una orden de embargo es muy grave: puede perder su casa si no devuelve lo que debe. Después de que su acreedor obtenga una orden de embargo, normalmente puede solicitar al tribunal otra orden para obligarle a vender su casa. Es lo que se llama una «orden de venta».

Su acreedor sólo puede solicitar una orden de embargo si ya tiene una sentencia del tribunal del condado (CCJ) contra usted. Después de obtener la sentencia, el acreedor debe solicitar de nuevo al tribunal una orden de embargo.

Venta de bienes por orden judicial

Hay pocas formas de llegar a una solución que satisfaga a todos cuando no se está de acuerdo con los coinversores. La mejor opción si no se avienen es comprar su parte o pedir que compren la suya.

Si tiene la suerte de ser el único propietario de un inmueble, usted toma las decisiones sobre cuándo vender su casa tal y como está. Sin embargo, si sólo eres el copropietario es un poco diferente. Sólo puede vender si obtiene el permiso del otro copropietario o copropietarios.

Si todos los copropietarios están de acuerdo en que debe vender la vivienda y en cuándo debe hacerlo, no hay ningún problema. Por desgracia, esto no siempre ocurre. Si se encuentra en esta situación, lo mejor que puede hacer es comprar la parte del otro propietario o hacer que se la compren. Si se aborda con cuidado, puede ser incluso mutuo y amistoso.

Si usted quiere vender su propiedad y los otros copropietarios no. Una solución es que usted compre la parte del otro copropietario o copropietarios. Una vez que haya comprado la parte del otro copropietario o copropietarios, la propiedad será suya y podrá hacer con ella lo que quiera.

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