Que finiquito me corresponde por baja voluntaria

Indemnización voluntaria y subsidio de desempleo

La indemnización por despido se suele conceder a los empleados al finalizar la relación laboral. Suele basarse en la duración de la relación laboral a la que tiene derecho el trabajador en el momento del despido. La Ley de Normas Laborales Justas (FLSA) no exige ninguna indemnización por despido. La indemnización por despido es una cuestión de acuerdo entre el empresario y el trabajador (o su representante). La Employee Benefits Security Administration (EBSA) puede ayudar a un empleado que no haya recibido indemnización por despido en el marco de su plan patrocinado por la empresa. Si tiene alguna duda, póngase en contacto con la EBSA.

¿Cuál es la indemnización por despido más habitual?

Las indemnizaciones típicas ofrecen una o dos semanas de salario pagado por año trabajado. También pueden negociarse el mantenimiento de las prestaciones del seguro, ayuda para encontrar otro trabajo y otras ventajas. Normalmente tienes 21 días para aceptar un acuerdo de indemnización y, una vez firmado, siete días para cambiar de opinión.

¿Cuánto debo pedir de indemnización?

La indemnización ofrecida suele ser de una o dos semanas por cada año trabajado, pero puede ser más. Si la pérdida del empleo le crea dificultades económicas, coméntelo con su (antiguo) empleador. La práctica general es intentar conseguir cuatro semanas de indemnización por despido por cada año trabajado.

Cuando dimites de un trabajo, ¿a qué tienes derecho?

Tiene derecho a percibir algunas prestaciones por ley. 1 Su empresa puede optar por proporcionarle prestaciones adicionales a las obligatorias por ley estatal o federal. Pregunte por la indemnización por despido, las vacaciones acumuladas, las horas extraordinarias y la baja por enfermedad, las pensiones y el derecho al seguro de desempleo.

Cese voluntario frente a despido

Debido a sus graves consecuencias, los despidos deben declararse de forma clara e inequívoca. Por lo tanto, la voluntad de poner fin a una relación laboral y el momento en que debe finalizar deben constar con absoluta claridad en la comunicación de despido.

La extinción de la relación laboral por despido o acuerdo de extinción debe constar por escrito para ser válida. El requisito legal de la forma escrita no puede obviarse mediante acuerdo laboral, convenio colectivo o acuerdo de empresa. Un despido que adolezca de defectos formales es nulo y no puede subsanarse.

El empresario debe respetar el plazo de preaviso aplicable al poner fin a la relación laboral. El periodo básico de preaviso de despido es de cuatro semanas a contar desde el día 15 o el último día de un mes natural. Este periodo de preaviso aumenta en función de la antigüedad del trabajador. El contrato de trabajo puede prever plazos de preaviso más largos. Los convenios colectivos pueden prever plazos de preaviso más cortos.

Cuándo aceptar una indemnización por despido voluntario

La indemnización por despido está autorizada en virtud de 5 U.S.C. 5595 y 5 CFR parte 550, subparte G, para los empleados a tiempo completo y a tiempo parcial que se separen involuntariamente del servicio federal y que cumplan otras condiciones de elegibilidad. (Esta hoja informativa proporciona una hoja de trabajo que puede utilizarse para calcular una estimación de la indemnización por despido, un ejemplo de cálculo de la indemnización por despido y una tabla que proporciona los factores de ajuste por edad utilizados en los cálculos de la indemnización por despido para los empleados de más de 40 años.

Por «salario base» se entiende el salario fijado por ley o por decisión administrativa para el puesto que ocupa el trabajador, incluidas, en su caso, la prima anual de reserva, la prima de disponibilidad para el cumplimiento de la ley, el salario por horas extraordinarias de los bomberos, el plus de nocturnidad de los trabajadores con salario normal, las pagas de localidad y los complementos salariales especiales. La retribución básica no incluye ningún otro tipo de retribución adicional. (Véase la definición de «tasa de retribución básica» en 5 CFR 550.703).

Calculadora de bajas voluntarias

Para tener derecho a la indemnización por cese, un empleado debe estar prestando servicio en virtud de un nombramiento calificado, tener un período de servicio programado regularmente, haber completado al menos 12 meses de servicio continuo, y ser retirado del servicio federal por separación involuntaria por razones distintas de la ineficiencia (es decir, rendimiento o conducta inaceptables).

Un empleado no tiene derecho a indemnización por cese si está prestando servicio en virtud de un nombramiento no cualificado; rechaza una oferta razonable de asignación a otro puesto; está prestando servicio en virtud de un nombramiento cualificado en un organismo cuyo cese está previsto en el plazo de un año a partir de la fecha del nombramiento; está recibiendo una indemnización por lesiones en virtud del 5 U.S.C. capítulo 81, subcapítulo I; o tiene derecho en el momento del cese a una pensión vitalicia inmediata de un sistema federal de jubilación civil o de los servicios uniformados. El organismo empleador debe determinar si el empleado recibió una oferta razonable, tal y como se define en 5 CFR 550.703.

Para tener derecho a la indemnización por despido, el empleado debe haber completado al menos 12 meses de servicio continuo en la fecha de separación. Este servicio continuo puede consistir en uno o más puestos federales civiles ocupados durante un período de 12 meses sin una sola interrupción en el servicio de más de 3 días naturales. Los puestos ocupados deben haber sido en virtud de uno o más nombramientos calificados; uno o más nombramientos temporales no calificados que precedan al nombramiento calificado actual; o un nombramiento para un puesto en una instrumentalidad de fondos no asignados del Departamento de Defensa o la Guardia Costera que preceda al nombramiento calificado actual en el Departamento de Defensa o la Guardia Costera, respectivamente.

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