Formulario de renuncia a la asistencia letrada
Índice » Título 19.2. Procedimiento Penal » Capítulo 10. Incapacidad del juez o del abogado de la Commonwealth; abogado de oficio; intérpretes; transcripciones » Artículo 3. Nombramiento de abogado del acusado » § 19.2-160. Nombramiento de abogado para el acusado » § 19.2-160. Designación de abogado o renuncia a su derecho
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Los capítulos de las leyes de la asamblea a los que se hace referencia en la cita histórica al final de esta sección pueden no constituir una lista exhaustiva de dichos capítulos y pueden excluir capítulos cuyas disposiciones han expirado.
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Sección 2A. (a) Excepto para una persona menor de 18 años de edad, una persona que reclame indigencia bajo la sección 2 deberá ejecutar una renuncia autorizando al jefe de oficiales de libertad condicional del tribunal, o a la persona designada por el oficial, a obtener información sobre los salarios, impuestos y bienes de la persona del departamento de ingresos, departamento de asistencia transitoria y el registro de vehículos motorizados que el tribunal pueda encontrar útil para verificar el reclamo de indigencia de la persona. La renuncia autorizará al jefe de libertad condicional, o a la persona que éste designe, a llevar a cabo cualquier otra reevaluación requerida por esta sección.
A más tardar 6 meses después del nombramiento del abogado, y a partir de entonces cada 6 meses, el jefe de libertad condicional o la persona que éste designe realizará una nueva evaluación de las circunstancias económicas de la persona para la que se nombró abogado, a fin de asegurarse de que la persona sigue cumpliendo la definición de indigencia. El jefe de libertad vigilada o la persona que éste designe preparará, firmará y archivará un informe escrito en el que se certifique que la persona sigue cumpliendo, o ha dejado de cumplir, la definición de indigencia.
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Esta tarifa de solicitud de $40 compensa los gastos que la oficina del defensor público asume para procesar su solicitud de indigencia. Si usted no puede pagar la cuota de solicitud, basada en su solicitud de indigencia, la cuota puede ser reducida o exonerada.
Dé información completa cuando se reúna con su defensor público o con un investigador que trabaje para la oficina del defensor público. Comunique a su familia el nombre y la información de contacto del defensor público. Si tiene nueva información llame a su defensor público o escriba una carta solicitando una visita.
Sí, puede llamar o escribir al defensor público a su oficina para obtener información actualizada sobre el caso o cómo puede ayudar al defensor. Sin embargo, existen estrictas normas de confidencialidad que rigen lo que un defensor público puede compartir sobre su cliente. Puede haber información que el defensor público no pueda compartir.
Dé información completa cuando se reúna con su defensor público o con un investigador que trabaje para la oficina del defensor público. Comunique a su familia el nombre y la información de contacto del defensor público. Si tiene nueva información llame a su defensor público o escriba una carta solicitando una visita.
Cómo obtener un abogado de oficio en Virginia
Normalmente, usted no tiene derecho a tener un abogado de oficio en un caso de derecho de familia. Hay dos excepciones: (1) si se enfrenta a una pena de cárcel en relación con un caso de ejecución por desacato o (2) si es un padre que se opone a un caso de protección de menores presentado por el gobierno. En esos dos casos, si usted es indigente, llene la declaración jurada de indigencia y envíela por correo electrónico a 470@co.collin.tx.us o preséntela en la oficina de Defensa de Indigentes en el 2do piso del Palacio de Justicia del Condado de Collin.
Acuda al tribunal en la fecha y hora indicadas en el aviso. Entre a la sala del tribunal, no espere en el pasillo. Está bien entrar a la sala aunque ya haya algo que hacer. Busque al funcionario del tribunal uniformado y regístrese para su audiencia. Tome asiento y espere a que el juez llame su caso. Si le parece que está esperando mucho tiempo, siempre puede pedirle al alguacil que le ponga al día.
Servicio personal. Si ha presentado una demanda, tendrá que notificar a la otra parte. Normalmente, esto se hace mediante notificación personal. Usted puede solicitar el servicio de citación en la oficina del secretario del distrito, y habrá un costo para que el alguacil sirva los papeles. También puede utilizar su propio servidor de proceso privado. Una vez que la otra parte ha sido notificada personalmente, el notificador presentará una devolución de la notificación, que le hace saber al tribunal que la notificación se ha completado.