Regimen de bienes gananciales

Régimen matrimonial

Los acuerdos prenupciales son contratos que regulan el patrimonio de una pareja casada y las normas que se establecen en su régimen económico matrimonial. Una pareja puede hacerlo antes o después de casarse, pero el régimen siempre debe constar en escritura pública en España.Antes de casarse es importante establecer el régimen económico que la pareja desea aplicar a su matrimonio.En España existen tres posibilidades:

Es el régimen más utilizado en España,Esto significa que la mayor parte de los bienes, aunque no todos, pertenecen conjuntamente a los cónyuges como bienes gananciales, pero también existirán bienes privativos de uno solo de los cónyuges.En los bienes gananciales, el régimen tiene por objeto que ambos cónyuges sean propietarios, administren y participen en la gestión de su patrimonio conjuntamente.Este régimen se aplicará por defecto a todos los que contraigan matrimonio en España a partir del 1 de junio de 2016 en la Comunidad Valenciana salvo que expresamente dispongan otra cosa para que se aplique a su matrimonio un régimen distinto.

Esto ocurre cuando cada cónyuge conserva sus bienes prematrimoniales y la administración y gestión de su patrimonio; en este caso, no se forma una masa de gananciales. Sin embargo, cada miembro de la pareja debe contribuir a las cargas económicas de la vida familiar; estas contribuciones pueden regularse por vía judicial o mediante un acuerdo personal.

Régimen matrimonial deutsch

Se aplica la comunidad de ganancias acumuladas a menos que la pareja casada acuerde lo contrario mediante un contrato matrimonial notarial. La sociedad de gananciales implica la separación de bienes durante el matrimonio y la equiparación de las ganancias acumuladas durante el matrimonio una vez finalizado el régimen económico matrimonial.

Por el contrario, la separación de bienes debe ser acordada por los cónyuges mediante un contrato notarial. La separación de bienes supone la separación completa de los patrimonios respectivos de los cónyuges, sin equiparación de las ganancias acumuladas al final del matrimonio. Cada cónyuge conserva como propios los bienes adquiridos antes y durante el matrimonio. La separación de bienes también puede producirse sin un contrato explícito entre los cónyuges, por ejemplo si se rescinde o excluye el régimen patrimonial en virtud del contrato matrimonial sin que se acuerde otro régimen patrimonial al mismo tiempo.

Si los cónyuges consideran que el régimen económico legal – comunidad de ganancias acumuladas – no es adecuado para su matrimonio, pueden celebrar un contrato matrimonial notarial. En dicho contrato pueden acordar la separación de bienes o la sociedad de gananciales, o establecer acuerdos distintos de los legales dentro de un régimen económico específico. El contrato también puede especificar acuerdos sobre el reparto de pensiones o la manutención.

Derecho civil

Régimen económico matrimonialLa comunidad de bienes (Estados Unidos) también llamada comunidad de bienes (Sudáfrica) es un régimen económico matrimonial que se originó en jurisdicciones de derecho civil, pero que ahora también se encuentra en algunas jurisdicciones de derecho consuetudinario[cita requerida]. Los regímenes de comunidad de bienes se pueden encontrar en países de todo el mundo, como Suecia,[1] Alemania,[2] Italia,[3] Francia,[4] Sudáfrica[5] y partes de los Estados Unidos[6] En países de derecho civil como España, Francia y Alemania, los cónyuges generalmente pueden elegir uno de varios regímenes matrimoniales para dividir los bienes, siendo la comunidad de bienes una opción, junto con el régimen de separación de bienes y un sistema de participación[7][8][9].

En los regímenes de comunidad de bienes, dependiendo de la jurisdicción, los bienes propiedad de uno de los cónyuges antes del matrimonio, así como las donaciones y herencias recibidas durante el matrimonio, se tratan como bienes independientes de ese cónyuge en caso de divorcio. Todos los demás bienes adquiridos durante el matrimonio se consideran bienes gananciales y están sujetos a división entre los cónyuges en caso de divorcio. En algunos casos, los bienes independientes pueden «transmutarse» en bienes gananciales o incluirse en el patrimonio conyugal por razones de equidad.

Estados de comunidad de bienes

El matrimonio tiene consecuencias para los bienes de los cónyuges. Estos últimos pueden establecer un régimen para sus ingresos y bienes. Tienen la opción de elaborar o no un régimen para sus propios bienes.

Estas son las posibilidades básicas para resolver la cuestión de los bienes en el matrimonio. Existen otros regímenes y también existe la posibilidad de celebrar un contrato matrimonial. Para decidirse por un régimen económico matrimonial o hacer redactar un contrato matrimonial, póngase en contacto con un notario.

Si los cónyuges no optan por un régimen específico o no hacen redactar un contrato matrimonial, quedan automáticamente sujetos al régimen legal. Durante el matrimonio, los cónyuges pueden cambiar su régimen económico matrimonial ante notario.

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