La ayuda financiera y el progenitor no custodio
NOTA: Si necesita un plan de crianza de los hijos como parte de su disolución (divorcio), consulte la página Cómo poner fin a su matrimonio. Si no está seguro de qué proceso se aplica a su situación, consulte nuestro CUESTIONARIO para obtener orientación adicional.
Los planes de paternidad pueden avanzar en el sistema judicial de dos maneras. Es decir, uno de los progenitores puede presentar una Petición de Plan de Paternidad y notificar al otro progenitor, lo que da lugar a un procedimiento impugnado. O bien, si ambos progenitores están de acuerdo en cómo debe ser el tiempo de crianza y la toma de decisiones, pueden presentar lo que se denomina un plan de crianza acordado o estipulado.
Después de que un juez ordena un plan de paternidad, se pueden solicitar cambios para reflejar cualquier cambio en la situación familiar. El proceso para solicitar cambios se denomina modificación del plan de paternidad. El proceso de modificación puede ser iniciado por uno de los progenitores si ambos no están de acuerdo, o por ambos progenitores que estén de acuerdo con los cambios.
¿Pueden ambos progenitores renunciar a la pensión alimenticia en Florida?
Según la ley de manutención de menores de Florida, los padres no pueden renunciar a sus obligaciones de manutención. Los padres pueden estipular y acordar la cuantía de los pagos; sin embargo, la cuantía de la ayuda debe redundar en beneficio del menor. Los acuerdos de manutención están sujetos a la aprobación del tribunal de derecho de familia del estado.
¿Cuándo se puede denegar el régimen de visitas al progenitor no custodio Texas?
El tribunal puede restringir o denegar las visitas de un progenitor no custodio por los motivos que se exponen a continuación: Si el progenitor tiene antecedentes de abusar del menor. Si el tribunal cree que el progenitor puede secuestrar al niño. Si es probable que el progenitor abuse de las drogas mientras cuida del niño.
¿Se puede renunciar a la pensión alimenticia en Texas?
Una persona tiene derecho a que se deje de retener la pensión alimenticia cuando: La obligación de manutención de los hijos ha terminado, o. Las partes llegan a un acuerdo para que cese la pensión alimenticia y han presentado una demanda de modificación.
Legal Nuts And Bolts: Exención de honorarios (Forma Pauperis)
Si CPS está involucrado con los niños y los niños están bajo la tutela del estado (lo que significa que hay un caso judicial pendiente a través de CPS), entonces el Departamento de Servicios Familiares debe ser nombrado como Demandado también. Todos los documentos presentados tendrán que ser notificados al Departamento de Servicios Familiares para que puedan tomar parte en el caso de visitas.
Si usted es uno de los padres a quien se le entregó una Petición para visitas de no padres y una Moción para visitas de no padres, debe presentar una respuesta ante el tribunal si no está de acuerdo con algo de lo que piden los demandantes. Si no lo hace, es posible que se conceda a los demandantes todo lo que solicitan. Por lo general, sólo tiene 21 días después de haber sido notificado para presentar su respuesta.
Los Peticionarios y los padres asistirán al tribunal en la fecha fijada en la moción (la mayoría de las audiencias se realizan por video). En la vista, el juez puede remitir a las partes a mediación para intentar llegar a un acuerdo, puede fijar el asunto para juicio o puede desestimar el caso por completo si no había base para presentarlo. El juez no está obligado a conceder visitas en esta audiencia; las visitas no pueden ser ordenadas hasta que las partes lleguen a un acuerdo o los demandantes hayan probado su caso en el juicio.
Clínica de custodia de menores
¿Es nula una orden de custodia consentida si se dicta en un caso entre un progenitor y un no progenitor y la orden de custodia consentida no incluye la conclusión de que el progenitor ha renunciado a su derecho constitucional al cuidado, custodia y control exclusivos del menor?
No lo creo. La mayoría de la jurisprudencia existente indica que tales órdenes de consentimiento son válidas. Y eso tiene sentido porque, en general, se puede renunciar voluntariamente a los derechos constitucionales. Si un padre está dispuesto a consentir a una orden judicial sin los resultados y conclusiones, entonces es simplemente una renuncia a las protecciones constitucionales de ese padre. La competencia del tribunal en la materia no se ve afectada.
El tribunal de apelaciones ha sostenido que las órdenes de custodia consentidas generalmente no están obligadas a contener determinaciones de hecho y conclusiones de derecho. Buckingham v. Buckingham, 134 NC App 82 (1999)(pero afirmando que el tribunal de primera instancia debe revisar una orden de custodia por consentimiento para «asegurarse de que no contradice la política estatutaria, judicial o pública»).
En Petersen v. Rogers, 337 NC 397 (1994) y Price v. Howard, 346 NC 68 (1997), el Tribunal Supremo de Carolina del Norte nos recordó a todos que los padres tienen un interés de libertad fundamental en el cuidado, custodia y control exclusivos de sus hijos. El Estado no puede interferir con este derecho fundamental al debido proceso permitiendo que un juez aplique la prueba del interés superior del menor para determinar la custodia en un caso en el que una persona que no es el progenitor solicita la custodia de un progenitor. Sólo cuando el progenitor ha perdido su protección constitucional puede el tribunal intervenir y determinar si un no progenitor debe tener derechos de custodia.
Cómo protegerse con un acuerdo prenupcial
Los padres, el tutor, el guardián o el menor pueden renunciar a la audiencia de custodia temporal conforme a G. L. c. 119, § 24 o § 25. La renuncia del padre, la madre, el tutor o el guardián deberá hacerse por escrito y firmada por el padre, la madre, el tutor o el guardián. La renuncia del padre, tutor o custodio deberá constar por escrito y estar firmada por el padre, tutor o custodio y, a menos que dicha persona se represente a sí misma, deberá ir acompañada de una certificación de su abogado. La certificación incluirá una declaración de que el abogado ha discutido la renuncia con su cliente y le ha aconsejado que renuncia al derecho de objetar y presentar pruebas en la audiencia en oposición a las órdenes del tribunal, incluidas las órdenes relativas a la custodia de su hijo, y al derecho de apelar las órdenes del tribunal. La renuncia y la certificación se harán en un formulario aprobado por el Presidente del Tribunal de Menores. El tribunal llevará a cabo un coloquio con el padre, tutor o custodio y determinará si la renuncia se hizo de forma inteligente y voluntaria. El abogado del menor puede renunciar a la audiencia de custodia temporal firmando un formulario de renuncia y certificación en nombre de su cliente.