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La Convención explica quiénes son los niños, todos sus derechos y las responsabilidades de los gobiernos. Todos los derechos están relacionados entre sí, todos son igual de importantes y no se les pueden arrebatar a los niños.
Todos los niños tienen todos estos derechos, independientemente de quiénes sean, dónde vivan, qué idioma hablen, cuál sea su religión, qué piensen, qué aspecto tengan, si son niños o niñas, si tienen alguna discapacidad, si son ricos o pobres, e independientemente de quiénes sean sus padres o sus familias o de lo que sus padres o sus familias crean o hagan. Ningún niño debe ser tratado injustamente por ningún motivo.
Cuando los adultos toman decisiones, deben pensar en cómo afectarán a los niños. Todos los adultos deben hacer lo que sea mejor para los niños. Los gobiernos deben asegurarse de que los niños estén protegidos y cuidados por sus padres, o por otras personas cuando sea necesario. Los gobiernos deben asegurarse de que las personas y los lugares responsables del cuidado de los niños hacen un buen trabajo.
Los gobiernos deben dejar que las familias y las comunidades orienten a sus hijos para que, a medida que crezcan, aprendan a utilizar sus derechos de la mejor manera. Cuanto más crezcan los niños, menos orientación necesitarán.
Convención sobre los Derechos del Niño Estados miembros
Los tribunales han interpretado el concepto de «vida privada» de forma muy amplia. Abarca aspectos como el derecho a determinar la orientación sexual, el estilo de vida, el aspecto físico y la forma de vestir. También incluye tu derecho a controlar quién ve y toca tu cuerpo. Por ejemplo, esto significa que las autoridades públicas no pueden hacer cosas como dejarte sin ropa en una sala concurrida o tomarte una muestra de sangre sin tu permiso.
El concepto de vida privada también abarca tu derecho a desarrollar tu identidad personal y a forjar amistades y otras relaciones. Esto incluye el derecho a participar en actividades económicas, sociales, culturales y de ocio esenciales. En algunas circunstancias, las autoridades públicas pueden tener que ayudarte a disfrutar de tu derecho a la vida privada, incluida tu capacidad de participar en la sociedad.
Este derecho significa que se puede impedir que los medios de comunicación y otras personas interfieran en tu vida. También significa que la información personal sobre ti (incluidos registros oficiales, fotografías, cartas, agendas e historiales médicos) debe guardarse de forma segura y no compartirse sin tu permiso, salvo en determinadas circunstancias.
Convención de las naciones unidas sobre los derechos de las personas con discapacidad
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Tanto si trabajas desde casa como si te quedas en casa o trabajas fuera, necesitas ideas prácticas para mantener ocupados a tus hijos, sobre todo durante los meses de verano. De lo contrario, pueden acabar pasando demasiado tiempo frente a la pantalla, lo que no es bueno para su salud (ni mental ni física).
Echa un vistazo a esta lista de 100 cosas que tú y tus hijos podéis hacer para combatir el aburrimiento estival. No dejes que tus hijos se diviertan solos: muchas de estas actividades son divertidas y pueden compartirlas toda la familia. Así que ¡participa!
Tanto si conviertes esta lista en tu lista de cosas que hacer en verano, como si te limitas a elegir algunas de tus favoritas, crearás grandes recuerdos. La clave está en bajar el ritmo y disfrutar de los meses de verano en familia. Si necesitas una lista más estructurada, echa un vistazo a esta serie de cosas que los niños pueden hacer cada semana del verano.
Declaración de los derechos del niño
Art. 118. Los bienes comprados a plazos pagados en parte con fondos exclusivos de uno de los cónyuges o de ambos y en parte con fondos conyugales pertenecen al comprador o compradores si la plena propiedad se adquirió antes del matrimonio y a la sociedad conyugal si dicha propiedad se adquirió durante el matrimonio. En ambos casos, cualquier cantidad adelantada por la sociedad conyugal o por uno o ambos cónyuges será reembolsada por el propietario o propietarios en el momento de la liquidación de la sociedad conyugal. (n)
Art. 119. Cuando una cantidad o crédito exigible en un plazo pertenezca a uno de los cónyuges, las cantidades que puedan cobrarse durante el matrimonio en pagos parciales o a plazos sobre el principal serán de su exclusiva propiedad. No obstante, los intereses que venzan durante el matrimonio sobre el capital pertenecerán a la sociedad conyugal. (156a, 157a)
Art. 120. La propiedad de las mejoras, ya sean de utilidad o de ornato, realizadas en los bienes privativos de los cónyuges a expensas de la sociedad conyugal o mediante actos o esfuerzos de uno de los cónyuges o de ambos pertenecerá a la sociedad conyugal, o al cónyuge propietario original, con sujeción a las siguientes reglas: