Usucaption
Aunque esta traducción errónea aparece en varias fuentes de Internet, estas dos expresiones no son en absoluto equivalentes. Veremos esto con más detalle a continuación, pero el primer paso es señalar que «property law» es una amplia área del derecho que generalmente corresponde en español a lo que se denomina Derecho de cosas o derechos reales. En cambio, la propiedad, también conocida como dominio, es sólo un aspecto de esta área igualmente amplia de los derechos reales.
Para ilustrar esto, es útil comparar el contenido parcial del programa de un curso típico de Derecho de la propiedad en EE.UU. con parte de un Manual de Derecho Civil español que trata del Derecho de cosas o derechos reales:
Property Law Course Syllabus:Manual de Derecho de cosas (or) derechos reales:-The Nature of Property-Acquisition of Property-Addverse Possession-Acquisition by Gift-Estates in Land: fee simple, life estates, defeasible estates and future interests-Concurrent Ownership-Landlord-Tenant Relationships-Real Estate Contracts; Deeds-Land Registration-Mortgages-Easements-Eminent domain-Personal Property and Bailments-(etc. ; etc.)-Adquisición de bienes muebles y derechos reales. ; etc.)-Adquisición de los derechos reales (ocupación; accesión; usucapión)-Posesión-Propiedad; copropiedad-Usufructo-Derecho de uso-Derecho de habitación-Derecho de superficie-Servidumbres-Derechos reales de garantía (prenda; hipoteca-Derechos de adquisición preferente (tanteo; retracto)-Derecho registral inmobiliario-(etc.; etc.)
¿Qué es Iusta causa in Usucapio?
Iusta causa (alternativamente «iustus titulus») es un requisito, en esencia, de que la transferencia habría sido válida de no ser por uno de los dos casos mencionados anteriormente. Se trata de un método de transmisión reconocido, por ejemplo, la donación o la venta.
¿Qué es un propietario bonitario?
Se creaba una especie de propiedad pretoriana (bonitaria) cuando un propietario de derecho civil transfería una res mancipi sin el procedimiento romano requerido (mancipatio), utilizando en su lugar la traditio (simple entrega) del ius naturale.
¿Qué es el derecho romano traditio?
En derecho romano: El derecho de propiedad y posesión. La traditio era la simple entrega de la posesión con la intención de transmitir la propiedad y era el método de transmisión del jus gentium.
Ersitzungsfrist
Usucapio era un concepto del Derecho romano que trataba de la adquisición de la propiedad de algo mediante la posesión. Posteriormente se desarrolló como principio de los sistemas de Derecho civil, la usucapión. Es similar al concepto de derecho anglosajón de posesión adversa o adquisición de tierras por prescripción.
Dado que la mancipatio y la in iure cessio eran modos intrínsecamente públicos de adquisición de la propiedad, la usucapión era el único método privado del ius civile[1]. En el Derecho romano, la propiedad de una cosa solía estar protegida para siempre, hasta que en el año 426 d.C. Teodosio introdujo un límite de treinta años para las acciones, es decir, que impedía al propietario de una cosa recuperarla o reclamar daños y perjuicios transcurridos treinta años[2].
El usucapio era una forma de prescripción adquisitiva: el transcurso del tiempo otorgaba a su titular determinados derechos de adquisición[2]. Este derecho es un derecho nuevo, sin referencia a ningún derecho existente[3].
La usucapio asistía a dos supuestos: cuando una cosa había sido transmitida indebidamente (por ejemplo, transmisión de una res mancipi por traditio), o cuando el transmitente de una cosa no ostentaba la titularidad adecuada (por ejemplo, venta por un no propietario)[2].
Territorio no reclamado
¿Se ve bien esa palabra, usucapión? Parece una doble exposición parcial de una palabra, causada por el mal funcionamiento del avance de la película. Hay usu, como en usual y usufruct y usurpation; hay cap, como en escape y cap y caption; y hay ion, como en – hey, ¿debería ser usucaption? Eso ya quedaría mejor.
Hay una palabra usucapión. Y significa exactamente lo mismo que usucapión. Pero ninguna de las dos es un error de la otra; simplemente ambas llegaron al inglés por caminos ligeramente diferentes desde el mismo origen, el latín usucapio, de usus ‘uso’ y capio ‘tomo, sostengo, poseo’ -sí, el origen del inglés capture, como en capturar una imagen en una fotografía, así como catch y chase.
Usucapión es cuando se llega a tener la propiedad de algo por el mero hecho de… tenerlo y usarlo. Es como la unión de hecho, pero para propiedades y esas cosas. (Como se suele decir, la posesión son nueve puntos en la ley.) Tiene su origen en el Derecho romano, que disponía de medios muy complejos para transferir formalmente la propiedad de un bien, demasiado complejos para muchas circunstancias, por lo que a menudo se consideraba que la propiedad se transfería correctamente mediante la usucapión si se cumplían cinco criterios: (1) posesión ininterrumpida durante un periodo de tiempo determinado (un año para las cosas, dos para la tierra); (2) la cosa puede ser propiedad (por tanto, no se trata de un espacio público común ni de una persona libre); (3) la persona de la que se obtuvo tenía derecho a tenerla; (4) se tiene una causa adecuada para adquirirla (por ejemplo, se pagó por ella); (5) no puede haber sido robada ni tomada por la fuerza en ningún momento.
Terra nullius
Usucapio era un concepto del Derecho romano que trataba de la adquisición de la propiedad de algo mediante la posesión. Posteriormente se desarrolló como principio de los sistemas de Derecho civil, la usucapión. Es similar al concepto de derecho anglosajón de posesión adversa o adquisición de tierras por prescripción.
Dado que la mancipatio y la in iure cessio eran modos intrínsecamente públicos de adquisición de la propiedad, la usucapión era el único método privado del ius civile[1]. En el Derecho romano, la propiedad de una cosa solía estar protegida para siempre, hasta que en el año 426 d.C. Teodosio introdujo un límite de treinta años para las acciones, es decir, que impedía al propietario de una cosa recuperarla o reclamar daños y perjuicios transcurridos treinta años[2].
El usucapio era una forma de prescripción adquisitiva: el transcurso del tiempo otorgaba al titular determinados derechos de adquisición[2]. Se trataba de un derecho nuevo, sin referencia a ningún derecho existente[3].
La usucapio asistía a dos supuestos: cuando una cosa había sido transmitida indebidamente (por ejemplo, transmisión de una res mancipi por traditio), o cuando el transmitente de una cosa no ostentaba la titularidad adecuada (por ejemplo, venta por un no propietario)[2].